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Títulación
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Título de Bachiller.
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Para obtener el Título de Bachiller será necesaria la evaluación positiva en todas las asignaturas de la modalidad cursada.
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El título de Bachiller facultará para acceder a la formación profesional de grado superior y a los estudios universitarios. En este último caso será necesaria la superación de una Prueba de Acceso (selectividad), que, junto a las calificaciones obtenidas en el Bachillerato, valorará, con carácter objetivo, la madurez académica de los alumnos y los conocimientos adquiridos en él.
Asimismo facultará para acceder a grados y estudios superiores de enseñanzas artísticas, previa superación de la correspondiente prueba.
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De acuerdo con lo establecido en el artículo 41º.2 de la LOGSE, los alumnos que hayan terminado el tercer ciclo del grado medio de las Enseñanzas de Música o Danza, obtendrán el título de Bachiller, si superan las materias comunes del Bachillerato.
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En virtud de lo establecido en el artículo 53º.4 de la LOGSE, el Gobierno establecerá las condiciones en las que las Administraciones educativas podrán organizar pruebas para que los adultos mayores de veintitrés años puedan obtener directamente el título de Bachiller. Dichas pruebas se organizarán de manera diferenciada según las modalidades del Bachillerato.
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Duración
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Dos años. Excepcionalmente tres para la modalidad de nocturno.
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La permanencia en el Bachillerato en régimen escolarizado será de cuatro años, como máximo.
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Esto último no afecta a los alumnos que cursen el Bachillerato por otro régimen de enseñanza, de adultos o a distancia.
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| Estructura |
| Comprende dos años académicos, desde los dieciséis a los dieciocho años de edad de los alumnos, y se organiza en dos cursos. |
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Modalidades
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Son las siguientes:
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Cienctífico y tecnológico
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Ciencias Sociales
Las enseñanzas del bachillerato están estructuradas en modalidades; unas de corte más académico y otras más profesional, facilitando así que cada alumno pueda elegir su propio itinerario formativo en función de sus capacidades e intereses académicos y profesionales
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¿Qué son los itinerarios?
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Las enseñanzas de Bachillerato permiten a los alumnos cursar estos estudios de acuerdo con sus preferencias, en virtud de la elección de una modalidad entre las cuatro previstas, una opción dentro su modalidad y unas determinadas materias optativas. Estas sucesivas elecciones configuran el itinerario personal de cada alumno. La posibilidad de elección aumenta progresivamente de primero a segundo curso, en el que se incluyen, dentro de cada modalidad, 2 ó 3 opciones posibles que guardan, en la mayor parte de los casos, una estrecha relación con determinados estudios posteriores universitarios o profesionales. La elección de determinadas materias optativas ofrece, por otra parte, bien la posibilidad, a los alumnos que lo desean, de concurrir a las pruebas de acceso a la universidad por más de una opción, o por una opción distinta de la prevista para la modalidad o itinerario cursado, bien la posibilidad de profundizar en aspectos específicos de su modalidad, o bien ampliar la formación que pueden adquirir en la modalidad elegida, cursando como optativas materias propias de otras modalidades o materias optativas de posible interés formativo para los alumnos de todas las modalidades del Bachillerato.
Por último, los alumnos pueden en determinadas condiciones cambiar de modalidad o de itinerario en segundo curso de la etapa; y, por otra parte, pueden, si es su deseo, matricularse al finalizar la etapa de Bachillerato en aquellas materias vinculadas con alguna opción de las Pruebas de Acceso a la Universidad, no relacionada con la modalidad superada, a fin de que puedan presentarse a las mencionadas pruebas por esa opción.
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Materias
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materias comunes, para todos los alumnos independientemente de la modalidad elegida. Pretenden contribuir a la formación general del alumnado
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materias propias de cada modalidad, que caracterizan a cada una de las modalidades y contribuyen a que el alumno obtenga una formación específica ligada a la modalidad elegida, y
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materias optativas, que amplían la posibilidad de elección.
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Los alumnos deberán cursar seis materias propias de la modalidad elegida, tres en cada curso.
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Las Administraciones educativas organizarán las Modalidades distribuyendo las materias correspondientes a cada una de ellas en los dos cursos que componen el Bachillerato. Asimismo, fijarán las materias optativas del Bachillerato, así como el número de ellas que los alumnos deberán superar en cada uno de los cursos del Bachillerato.
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En dicha fijación, las Administraciones educativas podrán tener también en cuenta las propuestas realizadas por los Centros educativos. En todo caso, las materias de modalidad vinculadas a cada una de las vías de acceso a estudios universitarios se impartirán en el segundo curso de Bachillerato.
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Los alumnos podrán elegir como materias optativas no sólo las que resulten de lo previsto en el apartado anterior, sino también cualesquiera de las materias definidas como propias de las diferentes Modalidades, de acuerdo con lo que al efecto determinen las Administraciones educativas en función de las posibilidades de organización de los Centros.
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| Objetivos |
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El Bachillerato contribuirá a desarrollar en los alumnos las siguientes capacidades:
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Dominar la lengua castellana y la lengua oficial propia de la Comunidad Autónoma.
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Expresarse con fluidez y corrección en una lengua extranjera.
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Analizar y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo y los antecedentes y factores que influyen en él.
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Comprender los elementos fundamentales de la investigación y del método científico.
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Consolidar una madurez personal, social y moral que les permita actuar de forma responsable y autónoma.
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Participar de forma solidaria en el desarrollo y mejora de su entorno social.
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Dominar los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y las habilidades básicas propias de la modalidad escogida.
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Desarrollar la sensibilidad artística y literaria como fuente de formación y enriquecimiento cultural.
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Utilizar la educación física y el deporte para favorecer el desarrollo personal.
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Bachillerato
| Mañana |
Comida |
Tarde |
| 08,45 – 13,00 |
13,00 – 14,00 |
14,20 – 16,00 |
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El calendario lectivo lo establece cada Comunidad Autónoma, y respeta unos requisitos mínimos que garantizan la homogeneidad del sistema educativo al tiempo que contemplan las características de cada zona geográfica.
De acuerdo con lo establecido por el artículo 4º de la LOGSE, las comunidades autónomas con lengua oficial distinta del castellano dispondrán, en relación con los horarios de enseñanzas mínimas, de las áreas del ámbito lingüístico el 10% del horario escolar total para la organización de las enseñanzas de la mencionada lengua propia. En todo caso, garantizarán una distribución proporcional de dicho porcentaje entre las diferentes áreas lingüísticas.
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- Estudios Universitarios
- Formación Profesional de Grado Superior
- Enseñanza de Idiomas (Prueba de nivel)
- Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño. Ciclos de Grado Superior
- Enseñanzas de Música(Grado Superior)
- Enseñanzas de Danza (Grado Superior)
- Enseñanzas de Arte Dramático
- Enseñanzas Superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales
- Enseñanza Superior de Diseño
- Enseñanza Superior de Cerámica
- Enseñanzas de Técnicos Deportivos (Grado Superior)
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